Es un aporte que hace el Gobierno Nacional a
través del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, de carácter
intransferible para personas y familias de bajos ingresos de la economía formal
e informal, por un monto de diez mil balboas (B/.10,000.00) por familia, para la
adquisición de viviendas nuevas, cuyo precio de venta no exceda la suma de
cincuenta mil balboas (B/.50,000.00) sin incluir el monto correspondiente a los
gastos legales y cierre de transacción:
Para viviendas cuyo precio de venta sea hasta
cincuenta mil balboas (B/.50,000.00) deberán contar con una superficie cerrada
de 50 metros cuadrados.
Además, como mínimo debe constar de espacios
cerrados como sala-comedor, dos (2) recámaras o dormitorios, cocina con fregador
incluido servicio sanitario con ducha, inodoro, lavamanos, tendedero, área para
closet o armario y tinaquera o depósito para basura. También debe constar de
espacios abiertos como portal y lavadero y cumplir con las normas mínimas de
urbanización, con especificaciones del
Reglamento Estructural de Panamá 2004, (REP-04) ó
soluciones inmobiliarias aprobadas por las autoridades competentes.
GRUPO FAMILIAR QUE APLICA
Cónyuge o concubino/a
Hijos de edad postulante o de su cónyuge o
concubino/a.
Los hijos del postulante ó su cónyuge o
concubino/a, incapacitados que habiten con ellos.
Las personas sobre las cuales el postulante,
cónyuge o concubino/a mantengan la tutela legal y habiten con ellos.
REQUISITOS
1. Declaración jurada de ingreso familiar.
2. Demostrar la aprobación del préstamo
hipotecario para la compra de la vivienda de la cual se solicita el aporte.
3. Ingreso familiar en conjunto que no supere los
B/.1,200.00
4. No ser propietario de una vivienda.
5. Ser panameño mayor de edad o extranjero con
residencia formal.
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